<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20250709-71</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/07/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Collado Villalba. Organización y funcionamiento. Ordenanza transporte público urbano</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>162</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/bocm-20250709-71</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/07/09/BOCM-20250709-71.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/07/09/BOCM-20250709-71.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/07/09/BOCM-20250709-71.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/07/09/BOCM-20250709-71.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>COLLADO VILLALBA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
71Collado Villalba. Organización y funcionamiento. Ordenanza transporte público urbano
Habiéndose aprobado inicialmente por este Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de fecha 26 de junio de 2025, la modificación de la ordenanza reguladora de los servicios de transporte público urbano en automóviles de turismo y del servicio de autotaxi del Ayuntamiento de Collado Villalba, se expone al público dicho expediente durante el plazo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de esta publicación, pudiendo examinarse el presente expediente en la Secretaría municipal y presentar las reclamaciones que se tengan por convenientes y quedando definitivamente aprobado en el supuesto de que durante tal plazo no se presentase ninguna, todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/85 sobre las Bases de Régimen Local, sin perjuicio de que deba ser íntegramente publicado para su entrada en vigor.
Collado Villalba, a 30 de junio de 2025..La alcaldesa-presidenta, M.a Dolores Vargas Fernández.
(03/10.689/25)</texto>
</documento>