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    <titulo>– Belmonte de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
66Belmonte de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria
A los efectos de lo dispuesto en al artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se remite el artículo 177.2 del mismo texto refundido, y el artículo 20.1, al que se remite el artículo 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la Secretaría General del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, se encuentra expuesto al público los expedientes de modificación de créditos:
.	Número 14/2025, en la modalidad de suplemento de créditos financiado con remanente de Tesorería para gastos generales, como sigue a continuación:
	Altas en capítulos de gasto 4/ 107.421,2 euros.
	Altas en conceptos de ingresos 8/ 107.421,2 euros.
Esta modificación afecta al vigente presupuesto y fue aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 25 de junio de 2025.
Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
.	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
.	Oficina de presentación: Registro General.
.	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Belmonte de Tajo, a 27 de junio de 2025..El alcalde, Roberto Morate Carralero.
(03/10.663/25)</texto>
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