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    <titulo>– El Boalo. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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    <organismo>EL BOALO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE EL BOALO
RÉGIMEN ECONÓMICO
90El Boalo. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles el Pleno de esta Entidad, en sesión extraordinaria, celebrada el día 24 de junio de 2025, acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se convoca, por plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
El Boalo, a 26 de junio de 2025..El alcalde, Sergio Sánchez Yunquera.
(03/10.691/25)</texto>
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