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    <fecha_publicacion>2025/06/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Robledo de Chavela. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>ROBLEDO DE CHAVELA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA
RÉGIMEN ECONÓMICO
71Robledo de Chavela. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En la Secretaría General de esta Entidad Local, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se halla expuesto al público el expediente de modificación presupuestaria 10/2024, que ha sido aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 18 de junio de 2025, cuyo contenido es el siguiente:

Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento. Podrá optar por la presentación de forma presencial o a través de Registro Telemático, para lo cual será necesario disponer de Certificado digital, DNI electrónico
(http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=Page&amp;cid=1142320118100&amp;language=es&amp;pageid=1159166596895&amp;pagename=AdministracionElectronica/Page/SAEL_contenidoFinal ). 
c)	 Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno. 
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones o sugerencias durante la exposición pública del expediente, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá definitivo.
Robledo de Chavela, a 24 de junio de 2025..La alcaldesa en funciones, M.a José Quijada Rivero.
(03/10.416/25)</texto>
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