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    <titulo>– San Fernando de Henares. Organización y funcionamiento. Reglamento Funcionamiento Canal Interno</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
76San Fernando de Henares. Organización y funcionamiento. Reglamento Funcionamiento Canal Interno
Aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, en sesión ordinaria de 24 de abril de 2025, el Reglamento de Funcionamiento del Canal Interno de Información, se expone al público por plazo de treinta días hábiles; a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Transcurrido el período de exposición al público, si no se presentara ninguna reclamación, se elevará a definitivo este acuerdo, sin necesidad de adoptar otro nuevo; procediéndose a la publicación íntegra de su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de su entrada en vigor transcurridos quince días hábiles desde su publicación.
San Fernando de Henares, a 9 de mayo de 2025..El alcalde-presidente, Francisco Javier Corpa Rubio.
(03/7.466/25)</texto>
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