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    <titulo>– Mancomunidad del Sur. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>MANCOMUNIDAD DEL SUR</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DEL SUR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
88Mancomunidad del Sur. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Por resolución del presidente de la Mancomunidad del Sur, de fecha 7 de mayo de 2025, se ha acordado lo siguiente:
“Primero..Delegar en el vicepresidente primero, don David José Mesa Vargas, la totalidad de las funciones de la Presidencia en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, durante el período de 12 mayo de 2015, a las 12:00 horas, hasta 6 de junio de 2025, a las 12:00 horas, por encontrarse fuera del territorio nacional por motivos personales.
Segundo..La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero..El órgano delegado ha de informar a esta Presidencia, a posteriori y en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Cuarto..La delegación conferida en la presente resolución requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Presidencia expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto..La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose cuenta de su contenido en la primera sesión que la Asamblea celebre.
Sexto..En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas”.
Lo que se hace público a los efectos legales indicados y para general conocimiento.
En Móstoles, a 8 de mayo de 2025..El presidente, Asensio Martínez Agraz.
(03/7.218/25)</texto>
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