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    <titulo>– Ambite. Régimen económico. Ordenanza</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE AMBITE
RÉGIMEN ECONÓMICO
76Ambite. Régimen económico. Ordenanza
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza de Acuerdo Regulador del Precio Público por Prestación del Servicio de Piscina Municipal y Actividades Deportivas, siendo la fecha de entrada en vigor el 1 de mayo de 2025, cuyo texto se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
La modificación afecta al artículo 5 “Cuantía”, quedando redactado de la siguiente forma:
Art. 5.  Cuantía..La cuantía del precio público en este Acuerdo será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente según las diferentes modalidades:

Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Ambite, a 6 de mayo de 2025..El alcalde-presidente, Apolonio Alcaide Bravo.
(03/7.121/25)</texto>
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