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    <titulo>– Pinilla del Valle. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>PINILLA DEL VALLE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PINILLA DEL VALLE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
65Pinilla del Valle. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Por Resolución de Alcaldía número 72/2025, de fecha 24 de abril de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Código Civil, en concordancia con el artículo 21.3 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se ha resuelto la delegación de competencias del alcalde-presidente en todos y cada uno de los concejales miembros de esta Corporación, para la autorización de los matrimonios civiles que tengan lugar en el Ayuntamiento de Pinilla del Valle. 
Lo que se publica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Pinilla del Valle, a 6 de mayo de 2025..El alcalde-presidente, Luis Martín-Alameda Tejedor.
(03/6.570/25)</texto>
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