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    <titulo>– Villalbilla. Organización y funcionamiento. Reglamento utilización instalaciones</titulo>
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    <organismo>VILLALBILLA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
96Villalbilla. Organización y funcionamiento. Reglamento utilización instalaciones
Aprobado el inicio del “Reglamento de utilización de las instalaciones del Centro Joven Municipal del Ayuntamiento de Villalbilla” y la derogación del Reglamento anterior, por Acuerdo del Pleno de 12 de diciembre de 2024, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto del reglamento municipal estará a disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento: https://www.villalbilla.es ; Portal de Transparencia; Proyectos en tramitación.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo del mencionado Reglamento sin necesidad de acuerdo expreso y la Derogación del Reglamento anterior.
En Villalbilla, a 16 de diciembre de 2024..El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.
(03/20.861/24)</texto>
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