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        305 | CVE: 
        BOCM-20241223-79



Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305lunes 23/12/2024

Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241223-79
Páginas: 558 a 558 - 1 págs.

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO

79
San Fernando de Henares. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

Dña. Carolina Gómez García, concejala-delegada de Hacienda del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid).
Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 19 de diciembre de 2024, adoptó, entre otros, acuerdo de aprobación provisional de derogación de las ordenanzas fiscales para el ejercicio 2025 que a continuación se relacionan, con dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Especial de Cuentas:
.	Ordenanza fiscal número 6, reguladora para la exacción de la tasa por la prestación del servicio de recogida de basuras sólidas en locales industriales, comerciales o de recreo.
.	Ordenanza fiscal número 22, reguladora para la exacción de la tasa por la prestación de los servicios relativos al tratamiento de los residuos urbanos.
Dicho acuerdo provisional permanecerá expuesto al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el plazo de 30 días desde el día siguiente de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
En el supuesto de no presentarse reclamación alguna, se considerará definitivamente aprobada la derogación, a tenor de lo establecido en el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
San Fernando de Henares, a 20 de diciembre de 2024..La concejala-delegada de Hacienda, Carolina Gómez García.
(03/21.197/24)


Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.
		







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