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    <titulo>– Mancomunidad del Este. Organización y funcionamiento. Reglamento Vigencia Convenios Administrativos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>MANCOMUNIDAD DEL ESTE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DEL ESTE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
87Mancomunidad del Este. Organización y funcionamiento. Reglamento Vigencia Convenios Administrativos
Aprobado inicialmente el Reglamento Orgánico de Regulación del plazo de vigencia de convenios administrativos en la Mancomunidad del Este, por acuerdo de la asamblea general de 10 de diciembre de 2024, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinado y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación del mencionado reglamento.
En Alcalá de Henares, a 10 de diciembre de 2024..El secretario, Jorge Martínez Lázaro.
(03/20.387/24)</texto>
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