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    <titulo>– Alpedrete. Organización y funcionamiento. Reglamento distinciones y condecoraciones</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
55Alpedrete. Organización y funcionamiento. Reglamento distinciones y condecoraciones
El Pleno del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre de 2024, ha aprobado inicialmente el Reglamento de distinciones y condecoraciones para la Policía Local de Alpedrete.
Dicho Acuerdo, junto con el texto del Reglamento, se expone a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para la presentación de reclamaciones y sugerencias. Dentro de este intervalo temporal, el expediente podrá examinarse en la Secretaría del Ayuntamiento cualquier día considerado hábil a efectos administrativos, de 9:00 a 14:00 horas, sin perjuicio de su exhibición en el portal de transparencia del Ayuntamiento alojado en su Sede Electrónica.
En el caso de que no se presente ninguna reclamación y sugerencia durante el plazo anteriormente establecido, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Lo que se publica a los efectos legales oportunos.
Alpedrete, a 2 de diciembre de 2024..El alcalde, Juan Rodríguez Fernández-Alfaro.
(03/19.964/24)</texto>
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