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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>POZUELO DE ALARCÓN</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
69Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
El Pleno, en sesión ordinaria de 21 de noviembre de 2024, ha acordado modificar el apartado segundo del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de 18 de julio de 2024, sobre la determinación del régimen retributivo, dedicaciones y retribuciones de los miembros de la corporación. La parte dispositiva del mencionado acuerdo tiene el siguiente tenor literal:
«1.o  Modificar el apartado segundo del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de 18 de julio de 2024, de determinación del régimen retributivo, dedicaciones y retribuciones de los miembros de la corporación, equiparando las retribuciones de las dos primeras tenencias de Alcaldía, sustituyendo “primer teniente de alcalde titular de Área de Gobierno” por “primero y segundo tenientes de alcalde titulares de Área de Gobierno”.
2.o  Publicar el acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la Sede Electrónica, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril».
Lo que se publica de conformidad con las determinaciones de los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 43.2 d) del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la citada Ley.
En Pozuelo de Alarcón, a 29 de noviembre de 2024..El secretario general del Pleno, Gonzalo Cerrillo Cruz.
(03/19.823/24)</texto>
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