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    <titulo>– Navalcarnero. Organización y funcionamiento. Ordenanza</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>284</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>NAVALCARNERO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
60Navalcarnero. Organización y funcionamiento. Ordenanza
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, al haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público y ser resueltas por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 24 de octubre de 2024, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 30 de julio de 2024, de la ordenanza reguladora de zanjas y calas en la vía pública del procedimiento de las prestaciones económicas de emergencia social, cuyo contenido es el siguiente:














































Navalcarnero, a 18 de noviembre de 2024..El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.
(03/18.937/24)</texto>
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