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    <identificador>BOCM-20241121-19</identificador>
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    <departamento>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA  Y UNIVERSIDADES</departamento>
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    <fecha_publicacion>2024/11/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2024/11/02</fecha_disposicion>
    <titulo>Autorización centro docente
– Orden 4442/2024, de 2 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza el traslado de las instalaciones de la Escuela Universitaria de Enfermería de la Fundación Jiménez Díaz, centro adscrito a la Universidad Autónoma de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
19ORDEN 4442/2024, de 2 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza el traslado de las instalaciones de la Escuela Universitaria de Enfermería de la Fundación Jiménez Díaz, centro adscrito a la Universidad Autónoma de Madrid.
La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece en su artículo 42 que la adscripción de centros docentes a universidades públicas requerirá la aprobación de la Comunidad Autónoma correspondiente al ámbito territorial en la que estuvieren ubicados dichos centros. La propuesta se elevará por el Consejo de Gobierno de la universidad, una vez informado el Consejo Social y conocida la necesidad que justifica su adscripción.
Por otra parte, el artículo 96.5 determina que los centros universitarios privados deberán estar integrados como centros propios de una universidad privada, o adscritos a una universidad pública o privada. En el supuesto de la adscripción de un centro privado a una universidad pública, se estará a lo dispuesto en el artículo 42.
Mediante el Real Decreto 2667/1979, de 21 de septiembre, se aprueba la conversión de la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios, de la Fundación Jiménez Díaz de Madrid, en Escuela Universitaria de Enfermería, adscrita a la Universidad Autónoma de Madrid y el día 1 de octubre de 2020 se suscribió un convenio de adscripción de la Escuela Universitaria de Enfermería de la Fundación Jiménez Díaz de Madrid a la Universidad Autónoma de Madrid para la impartición de títulos oficiales de grado y master y títulos propios de la Universidad Autónoma.
Posteriormente, mediante la Orden 185/2020, de 28 de octubre, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, se autorizó la ampliación de las instalaciones de la Escuela Universitaria de Enfermería Fundación Jiménez Díaz, adscrita a la Universidad Autónoma de Madrid.
La Universidad Autónoma de Madrid con fecha 23 de mayo de 2024 solicitó la autorización del traslado de las instalaciones de la Escuela Universitaria de Enfermería de la Fundación Jiménez Díaz y el 19 de julio de 2024 ha presentado adenda al convenio de adscripción de la Escuela Universitaria de Enfermería de la Fundación Jiménez Díaz, precisando el cambio de sede.
La nueva sede de la Escuela Universitaria de Enfermería de la Fundación Jiménez Díaz estará ubicada en la calle Lisboa, 3 de Madrid.
La Universidad argumenta en la memoria justificativa aportada que el traslado viene motivado por la ampliación de la zona de camas del hospital de la Fundación Jiménez Díaz donde se encuentra ubicada, si bien este cambio de sede no implica más cambios relacionados con el hospital general, ni con los centros de salud a los que está adscrita a efectos de prácticas. Por otro lado, el cambio de ubicación permite casi duplicar la actual oferta de plazas de nuevo ingreso.
La Dirección General de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades ha emitido informe favorable de adecuación a lo dispuesto en el artículo 8 y Anexos II del Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios.
El Consejo de Gobierno y el Consejo Social de la Universidad Complutense de Madrid aprobaron esta propuesta en las sesiones celebradas el 16 de febrero y 7 de mayo de 2024 respectivamente.
El traslado también ha sido informado favorablemente por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 19 de julio de 2024, según lo establecido en el artículo 5 a) de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.
Por cuanto antecede y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en relación con el artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y a propuesta de la Dirección General de Universidades,
DISPONGO
Primero
Se autoriza a propuesta de la Universidad Autónoma de Madrid, el traslado de las instalaciones de la Escuela Universitaria de Enfermería de la Fundación Jiménez Díaz, a la calle Lisboa, 3 de Madrid, a partir del curso académico 2024-2025.
Segundo
La titulación que será impartida en esta nueva sede será el Grado en Enfermería.
Tercero
La Universidad Autónoma de Madrid deberá presentar ante el órgano de evaluación externo la solicitud de modificación de la memoria de verificación de la titulación afectada, motivada por el traslado de la sede del centro, siguiendo para ello el procedimiento previsto en artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Cuarto
Esta autorización se concede sin perjuicio de cuantas otras licencias, permisos o autorizaciones sean preceptivas para la puesta en funcionamiento de las nuevas instalaciones.
Quinto
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en el plazo de un mes, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Sexto
Esta Orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 2 de noviembre de 2024.
		El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, 		EMILIO VICIANA DURO
(03/18.469/24)</texto>
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