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    <titulo>– Chinchón. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CHINCHÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
58Chinchón. Régimen económico. Ordenanza fiscal
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el 7 de noviembre de 2024, adoptó la modificación de ordenanzas que se detalla:
Ordenanza fiscal número 19, reguladora para la determinación de la cuota del impuesto de bienes inmuebles.
“Modificación del artículo 2, quedando fijada la redacción de la siguiente forma:

Se somete el presente acuerdo a exposición pública, por un período de treinta días, mediante edicto insertado en boletín oficial de la provincia, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del RDLeg 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De no producirse estas alegaciones, se entenderán aprobados definitivamente los acuerdos iniciales y la ordenanza entrará en vigor a los quince días, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases del Régimen Local.
Chinchón, a 8 de noviembre de 2024..El alcalde, Juan Antonio Vega Expósito.
(03/18.263/24)</texto>
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