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    <titulo>– El Atazar. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE EL ATAZAR
RÉGIMEN ECONÓMICO
64El Atazar. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 30 de octubre de 2024, se adoptó el acuerdo de aprobar, provisionalmente, la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos urbanos. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, cuyo texto refundido fue aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar del siguiente a la publicación del presente anuncio, a fin de que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado en las dependencias municipales o en el tablón municipal de la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En el caso de que en el citado plazo no se presentaran reclamaciones se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
En El Atazar, a 31 de octubre de 2024..El alcalde presidente, Daniel Lozano Herranz.
(03/17.829/24)</texto>
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