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    <titulo>Madrid número 13. Procedimiento 2078/2024</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13
16Madrid número 13. Procedimiento 2078/2024
EDICTO
Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 13 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 2078/2024 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
Sentencia número 390 de 2024
En Madrid, a 25 de septiembre de 2024..El Ilmo. Sr. don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 13 de esta ciudad, ha visto y examinado los presentes autos de juicio por delito leve, seguido con el número 2078/2024, en los que aparecen como denunciante perjudicada Sfera y como parte denunciada Younees Ghatrif, siendo parte, asimismo, el ministerio fiscal, ha dictado la presente sentencia, en base a los siguientes.
Fallo
Condeno a Younees Ghatrif como autor de un delito leve contra el patrimonio, hurto, del artículo 234.2 del Código Penal, a la pena de cuarenta y cinco días multa, con una cuota diaria de 6 euros, de conformidad con lo establecido en el fundamento tercero de esta resolución. La parte condenada deberá abonar las costas de este juicio.
Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes, instruyéndolas de su derecho a recurrirla en apelación, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, en el término de cinco días, contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaría, haciéndoles saber que el recurso deberá ser formalizado ante este Juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme estableced el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma.
Así, por esta mi sentencia, la mando, pronuncio y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Youness Ghatrif, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 24 de octubre de 2024..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(03/17.392/24)</texto>
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