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    <titulo>– Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
72Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Ordenanzas fiscales
Acuerdo provisional de maodificación de Ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz (Madrid).
1.  En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 16 y 17.1 de TRLRHL la Junta de Gobierno Local, en sesión de 11 de octubre de 2024, ha aprobado provisionalmente el proyecto de modificación de la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, ordenanza fiscal reguladora de la tasa de apertura de establecimientos y la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa de Torrejón de Ardoz.
2.  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 y 17.2 de TRLRHL, el acuerdo provisional citado se expondrá al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días hábiles, y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, comenzando a contar su plazo a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación, y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
3.  En caso de que no se presenten reclamaciones dentro de plazo el acuerdo provisional se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo plenario.
Torrejón de Ardoz, a 14 de octubre de 2024..El concejal de Hacienda y Patrimonio, Marcos López Álvarez.
(03/16.675/24)</texto>
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