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    <titulo>– Pezuela de las Torres. Organización y funcionamiento. Reglamento utilización dispositivos electrónicos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>PEZUELA DE LAS TORRES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PEZUELA DE LAS TORRES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
68Pezuela de las Torres. Organización y funcionamiento. Reglamento utilización dispositivos electrónicos
Aprobado inicialmente el reglamento de utilización de Dispositivos Electrónicos de Control (DEC) y Cámara Personal Policial (CPP). TASER, por acuerdo del Pleno de 26 de septiembre de 2024, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de 30 días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento ( http://pezueladelastorres.sedelectronica.es ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación del mencionado reglamento.
Pezuela de las Torres, a 7 de octubre de 2024..El alcalde, José Pío Carmena Servert.
(03/16.219/24)</texto>
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