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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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AYUNTAMIENTO DE CADALSO DE LOS VIDRIOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
93Cadalso de los Vidrios. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 27 de septiembre de 2024, de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles.
“Artículo 2.  Tipo de gravamen..1.  Los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza urbana serán del 0,55 %.
2.  Los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza rústica serán del 0,60%”.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
La entrada en vigor de esta modificación supone la derogación parcial de la vigente ordenanza reguladora del impuesto de bienes inmuebles, en lo relativo exclusivamente al tipo de gravamen y cuya última modificación fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de diciembre de 2014.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 27 de septiembre de 2024, entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.
Cadalso de los Vidrios, a 2 de octubre de 2024..La alcaldesa, Verónica María Muñoz Villalba.
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