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    <titulo>– Buitrago del Lozoya. Organización y funcionamiento. Reglamento servicio cultural</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BUITRAGO DEL LOZOYA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
89Buitrago del Lozoya. Organización y funcionamiento. Reglamento servicio cultural
El Pleno de este Ayuntamiento, reunido en sesión ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2024, adoptó el acuerdo de aprobar inicialmente el Reglamento Regulador del Servicio Cultural y de Turismo del Municipio de Buitrago del Lozoya.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública, por plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, a fin de que se puedan formular las reclamaciones y sugerencias que se estimen pertinentes.
El expediente estará asimismo a disposición de los interesados en la página web de este Ayuntamiento ( www.buitrago.org )
Si transcurrido el plazo de información pública no se hubiesen presentado reclamaciones y sugerencias, el acuerdo se entenderá definitivamente aprobado.
En Buitrago del Lozoya, a 1 de octubre de 2024..El alcalde, Francisco Javier del Valle Morales.
(03/15.779/24)</texto>
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