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    <titulo>– Talamanca de Jarama. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TALAMANCA DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
119Talamanca de Jarama. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 26 de septiembre de 2024, aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos número 1/2024, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con nuevos o mayores ingresos sobre los totales. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 169 y 177.2 del TRLRHL, el acuerdo adoptado y el expediente elaborado al efecto, se exponen al público por el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que, por los que tengan la condición legal de interesados, se puedan formular, en su caso, las reclamaciones que se consideren oportunas, por los motivos legalmente establecidos y mediante escrito dirigido al Pleno, todo ello de conformidad con el artículo 170 TRLHL. En aplicación del acuerdo citado y las normas antes señaladas, la modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobada, si durante el citado plazo no se presentasen reclamación.
En Talamanca del Jarama, a 27 de septiembre de 2024..El alcalde-presidente, Juan Manuel García Sacristán.
(03/15.817/24)</texto>
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