<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20241009-59</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2024/10/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Collado Villalba. Organización y funcionamiento. Ordenanza patrocinios privados</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>241</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/bocm-20241009-59</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/09/BOCM-20241009-59.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/09/BOCM-20241009-59.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/09/BOCM-20241009-59.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/09/BOCM-20241009-59.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
59Collado Villalba. Organización y funcionamiento. Ordenanza patrocinios privados
Habiéndose aprobado inicialmente por este Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de 26 de septiembre de 2024, la ordenanza reguladora de los patrocinios privados de actividades municipales del Ayuntamiento de Collado Villalba, se expone al público dicho expediente durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de esta publicación, pudiendo examinarse el presente expediente en la Secretaría Municipal y presentar las reclamaciones que se tengan por convenientes y quedando definitivamente aprobado en el supuesto de que durante tal plazo no se presentase ninguna, todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/85, sobre las Bases de Régimen Local, sin perjuicio de que deba ser íntegramente publicado para su entrada en vigor.
Collado Villalba, a 27 de septiembre de 2024..La alcaldesa-presidenta, María Dolores Vargas Fernández.
(03/15.642/24)</texto>
</documento>