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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
52Galapagar. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Edicto de suplencia de la concejala-delegada de Asuntos Jurídicos, Patrimonio y Fondos Europeos.
Por decreto de Alcaldía n.o 3284/2024, de 24 de septiembre, la alcaldesa-presidenta, doña Carla Isabel Greciano Barrado, en virtud de las facultades atribuidas a la Alcaldía en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, ha resuelto:
1.  Disponer la sustitución en la concejala-delegada de Asuntos Jurídicos, Patrimonio y Fondos Europeos, por el segundo teniente de alcalde don Ignacio Menéndez Medrano, desde el 23 de septiembre al 4 de octubre de 2024, ambos inclusive.
2.  Durante el período indicado el segundo teniente de alcalde asumirá el ejercicio de las competencias delegadas en la concejala-delegada de Asuntos Jurídicos, Patrimonio y Fondos Europeos, por el decreto 714/2024, de 23 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 57, de 7 de marzo de 2024).
3.  La presente disposición será efectiva desde el día de la firma y el interesado dispondrá de un plazo de tres días para la aceptación de la misma, entendiéndose aceptada desde el momento en que ejercite las pertinentes funciones.
4.  Esta resolución será notificada a los portavoces de los grupos municipales y a los departamentos del Ayuntamiento para el despacho de la firma.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cualquier interesado podrá interponer los siguientes recursos:
a)	Con carácter potestativo un recurso de reposición que deberá presentar dentro del plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta resolución, según lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
b)	Un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, recurso que deberá presentar en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante lo anterior, podrá interponer cualquier reclamación o recurso que estime pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Galapagar, a 27 de septiembre de 2024..La alcaldesa-presidenta, Carla I. Greciano Barrado.
(03/15.609/24)</texto>
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