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    <titulo>– Mancomunidad del Sur. Organización y funcionamiento. Ordenanza administración electrónica</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DEL SUR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
96Mancomunidad del Sur. Organización y funcionamiento. Ordenanza administración electrónica
La Asamblea de la Mancomunidad del Sur en sesión ordinaria celebrada el 24 de septiembre de 2024, acordó por unanimidad de los asistentes la aprobación inicial de la Ordenanza sobre Administración Electrónica de la Mancomunidad del Sur (expediente 240/204), y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta Mancomunidad ( http://mancomunidaddelsur.sedeelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Móstoles, a 26 de septiembre de 2024..El presidente, Asensio Martínez Agraz.
(03/15.538/24)</texto>
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