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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Estudio detalle</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
50Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Estudio detalle
N.o Expediente: 135-2024-00134.
Asunto: Admisión a trámite y aprobación inicial del Estudio de Detalle para las parcelas situadas en la calle de Sopelana, números 15 y 15 D. Distrito de Moncloa-Aravaca.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 5 de septiembre de 2024, expediente 135-2024-00134, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero..Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Estudio de Detalle para las parcelas situadas en la calle de Sopelana números 15 y 15 D, distrito Moncloa-Aravaca, promovido por Arosa Homes, S. L., de conformidad con lo establecido en el artículo 60, en relación con los artículos 59.4 y 57, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Segundo..Someter la documentación del Estudio de Detalle al trámite de información pública por el plazo de veinte días hábiles, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b), de la Ley 9/2001, de 17 de julio y preceptos concordantes.
Tercero..Notificar individualmente el presente acuerdo a todas las personas propietarias afectadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b) 1.o de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio.
Cuarto..Suspender en el ámbito del Estudio de Detalle el otorgamiento de licencias urbanísticas solicitadas y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la publicación del presente acuerdo que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio”.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbana del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, calle Ribera del Sena, número 21, en las mañanas de los días hábiles, así como en los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de Madrid (madrid.es), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos) o dentro de Vivienda y Urbanismo (Visualizador urbanístico), durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este Anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.
Madrid, a 18 de septiembre de 2024..La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/15.090/24)</texto>
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