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    <titulo>– Fuente el Saz de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
67Fuente el Saz de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal
El Pleno del Ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama, en su sesión ordinaria celebrada el día 24 de septiembre de 2024, acordó aprobar inicialmente la modificación de los artículos 6, 10, y 12 de la ordenanza municipal fiscal número 1, reguladora del impuesto bienes inmuebles.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49.b) y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 56 del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrá examinarse y presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas, estando el expediente 00014/2024, a disposición del público en el Ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama, Departamento de Secretaría General, sito en la Plaza de la Villa, número 1, Fuente el Saz de Jarama, Madrid.
Se entenderá definitivamente aprobada la modificación de dichos artículos, en el caso de que en el plazo señalado no se formulasen reclamaciones y sugerencias, procediéndose a la publicación del texto íntegro de las modificaciones realizadas.
Fuente el Saz de Jarama, a 26 de septiembre de 2024..La alcaldesa-presidenta, María José Moñino Muñoz.
(03/15.585/24)</texto>
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