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    <titulo>– San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
39San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Por acuerdo número 7/367/2024, adoptado en la sesión celebrada por la Junta de Gobierno el día 17 de septiembre de 2024, y decreto de la Alcaldía Presidencia número 4951, de fecha 17 de septiembre de 2024, han sido objeto de aclaración e interpretación las competencias que fueron delegadas en la Concejalía de Innovación y Empleo, Recursos Humanos, Organización y Calidad y Consumo, en materia de consumo y venta ambulante.
Se hace público el contenido de la delegación de atribuciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 9, apartado 3.º de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículo 44, 2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales.
La concejala-delegada de Innovación y Empleo, Recursos Humanos, Organización y Calidad y Consumo, ejercerá, por delegación, las siguientes atribuciones:
“Venta ambulante o no sedentaria.
a.	Gestión del mercadillo municipal así como de otras modalidades de venta ambulante o no sedentaria recogidas en la Ley 1/1997, de 8 de enero, Reguladora de la Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid y en la ordenanza municipal sobre venta ambulante o no sedentaria.
b.	La concesión de licencias y autorizaciones, así como los actos de renovación, modificación o extinción.
c.	La resolución de reclamaciones y recursos.
d.	Ejercicio de la potestad sancionadora que, en esta materia, se halle reconocida en favor de la Alcaldía-Presidencia o de la Junta de Gobierno”.
San Sebastián de los Reyes, a 17 de septiembre de 2024..La alcaldesa-presidenta, Lucía Soledad Fernández Alonso.
(03/14.961/24)</texto>
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