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    <titulo>– Coslada. Organización y funcionamiento. Ordenanza patrocinios</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COSLADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
44Coslada. Organización y funcionamiento. Ordenanza patrocinios
La ordenanza reguladora de los patrocinios privados de actividades municipales del Ayuntamiento de Coslada ha sido aprobada inicialmente en la sesión que celebra el Pleno el día 10 de septiembre de 2024.
Lo que se hace público para información y audiencia de los interesados en el plazo de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, con indicación de que el texto de la ordenanza se encuentra publicado en el portal de transparencia del portal web del ayuntamiento, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
En el caso de que no se formule ninguna reclamación o sugerencia, el acuerdo de aprobación inicial de la ordenanza se entenderá definitivamente adoptado.
Coslada, a 11 de septiembre de 2024..El alcalde presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(03/14.791/24)</texto>
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