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    <identificador>BOCM-20240918-24</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE</departamento>
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    <fecha_publicacion>2024/09/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2024/09/02</fecha_disposicion>
    <titulo>Convocatoria ayudas
– Orden 1579/2024, de 3 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar establecido en la Orden 292/2024, de 13 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a la creación en artes visuales para el año 2024</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>223</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
24ORDEN 1579/2024, de 3 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar establecido en la Orden 292/2024, de 13 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a la creación en artes visuales para el año 2024.
La Orden 1492/2017, de 19 de mayo, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de artes visuales prevé en su artículo noveno que el plazo máximo de resolución de las ayudas objeto de la presente orden será de seis meses desde su publicación.
La Orden 292/2024, de 13 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, convocó ayudas a la creación en artes visuales para el año 2024. La citada Orden 292/2024 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 2 de abril de 2024.
En la tramitación de esta subvención concurren circunstancias extraordinarias derivadas del gran número de solicitudes recibidas, que en el presente año ha aumentado significativamente respecto a convocatorias anteriores, teniendo que comprobar que reúnen todos los requisitos establecidos en la convocatoria y la evaluación de los proyectos, resultando imposible garantizar el cumplimiento del plazo máximo de resolución fijado en la normativa vigente.
Por su parte, el artículo 23.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dispone que el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser este superior al establecido para la tramitación del procedimiento; así como que contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá recurso alguno.
Vistos los preceptos legales citados y demás normativa de pertinente aplicación,
DISPONGO
Artículo 1
Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos de concesión o denegación de subvenciones a la creación en artes visuales para el año 2024
Se amplía, en un mes, el plazo máximo para resolver establecido en el artículo noveno de la Orden 1492/2017, de 19 de mayo, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de artes visuales de manera que la fecha de finalización del plazo máximo para resolver será el 2 de noviembre de 2024.
Artículo 2
Entrada en vigor
Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 3 de septiembre de 2024.
		El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, 		MARIANO DE PACO SERRANO
(03/14.366/24)</texto>
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