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    <titulo>– Humanes de Madrid. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
70Humanes de Madrid. Régimen económico. Padrones fiscales
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, habiéndose aprobados por decreto del concejal-delegado de Hacienda, de fecha 5 de septiembre de 2024, los padrones fiscales del impuesto sobre actividades económicas y de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por: puestos de mercadillo (segundo semestre) y despachos para la venta al público e instalaciones en locales privados para la gestión de actividades comerciales que requieran para su utilización por el usuario la ocupación de la vía pública (cajeros de banco e instituciones financieras), correspondientes al ejercicio 2024, se pone en conocimiento que dichos padrones estarán a disposición del público en el Departamento de Gestión Tributaria por plazo de un mes, a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 
Los obligados al pago de los citados tributos podrán formular ante el alcalde-presidente recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes, a contar desde la exposición pública del padrón. Dicha exposición tiene el carácter de notificación colectiva, de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria. 
El plazo fijado para el ingreso en período voluntario será del 1 de octubre al 2 de diciembre de 2024, ambos inclusive.
Transcurrido dicho plazo sin haberse verificado el ingreso, se procederá su exacción por la vía ejecutiva, con el recargo de apremio, intereses de demora y costas de acuerdo con lo establecido legalmente.
Humanes de Madrid, a 5 de septiembre de 2024..El concejal-delegado de Hacienda, Nuevas Tecnologías, Martín Alonso Mannens.
(01/14.335/24)</texto>
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