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    <titulo>– San Agustín del Guadalix. Urbanismo. Proyecto reparcelación</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX
URBANISMO
61San Agustín del Guadalix. Urbanismo. Proyecto reparcelación
Se hace público que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 11 de julio de 2024, ha acordado la aprobación inicial de la Operación Jurídica Complementaria, de la Modificación del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución UE-3, de las NNSS’2000 de las normas subsidiarias vigentes en este municipio.
Lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, se publica para general conocimiento, significando que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, alternativamente, recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente.
San Agustín del Guadalix, a 29 de agosto de 2024..El alcalde, Roberto Carlos Ronda Villegas.
(03/14.063/24)</texto>
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