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    <titulo>– Collado Villalba. Régimen económico. Padrón fiscal</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
60Collado Villalba. Régimen económico. Padrón fiscal
Aprobado el padrón correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del año 2024, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, queda expuesto al público durante el plazo de veinte días para su examen y reclamación por parte de los interesados.
Contra las deudas consignadas en el padrón contributivo y notificadas colectivamente mediante el presente anuncio, los interesados podrán interponer, ante el concejal de Hacienda, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, se inicia el período de pago en voluntaria del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del año 2024, que comprenderá desde el día 1 de septiembre al 31 de octubre de 2024.
Transcurridos los períodos de pago citados, las deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Lugar de pago: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banco Santander, Caixabank.
Forma de pago: las señaladas en el artículo 80 de la referida ordenanza municipal, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Collado Villalba.
Forma de pago: las señaladas en el artículo 80 de la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Collado Villalba.
Collado Villalba, a 29 de agosto de 2024..La alcaldesa en funciones (firmado).
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