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    <identificador>BOCM-20240902-25</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD  Y ASUNTOS SOCIALES</departamento>
    <rango>EXTRACTO</rango>
    <fecha_publicacion>2024/09/02</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2024/07/02</fecha_disposicion>
    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Extracto de la Orden 2131/2024, de 3 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal en la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>209</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD  Y ASUNTOS SOCIALES</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
25EXTRACTO de la Orden 2131/2024, de 3 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal en la Comunidad de Madrid.
BDNS (Identif.): 773845
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www. https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta orden las entidades sin ánimo de lucro entre cuyos fines y actividades estén la promoción, formación y/o integración de la juventud, que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Objeto y finalidad
1.  El objeto de la presente convocatoria es la concesión, con cargo al ejercicio económico 2024, de subvenciones para proyectos formativos y de sensibilización juvenil.
2.  Con la concesión de estas subvenciones se pretende fomentar el desarrollo de procesos formativos, trabajos de investigación o estudio en áreas de contenidos de la animación sociocultural y el tiempo libre educativo de los jóvenes, así como el fomento de la participación en la sociedad e intercambio entre los jóvenes.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1410/2024, de 23 de abril de 2024, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal en la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 111 de 10 de mayo de 2024.
Cuarto
Crédito
El crédito máximo para 2024 destinado a la presente convocatoria asciende a 500.000 euros. El crédito destinado a la línea de proyectos formativos y de sensibilización juvenil es de 250.000 euros, sin perjuicio de su incremento de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la convocatoria. Las subvenciones que se concedan al amparo de la misma se imputarán al subconcepto 48099 del Programa 232A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 3 de julio de 2024.
		La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, 		ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO
(03/11.281/24)</texto>
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