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    <titulo>– Alpedrete. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE
RÉGIMEN ECONÓMICO
27Alpedrete. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 18 de julio de 2024, y una vez finalizado el período de alegaciones y no habiéndose presentado ninguna, aprobó definitivamente los expedientes de modificación presupuestaria números 7/2024 y 9/2024, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en los siguientes términos:

Financiación:
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

La financiación de la transferencia se realizará de la siguiente manera:

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Alpedrete, a 21 de agosto de 2024..La alcaldesa accidental, Amaya Barrera Acosta.
(03/13.606/24)</texto>
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