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    <titulo>– Becerril de la Sierra. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
37Becerril de la Sierra. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En cumplimiento del artículo 169.1 y 177 del TRLRHL, al no haberse presentado alegaciones en el plazo de exposición al público, desde el 5 de julio hasta el 26 de julio de 2024, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 30 de mayo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 158, de 4 de julio de 2024), sobre modificación de crédito 3PL/2024, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con remanente de Tesorería para gastos generales para inversiones varias (expediente 887/2024), que se hace público resumido por capítulos:

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del TRLRHL, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. A tenor de lo dispuesto en el artículo 171.3 del TRLRHL, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acuerdo impugnado.
Becerril de la Sierra, a 29 de julio de 2024..El alcalde, José Luis Martín González.
(03/12.552/24)</texto>
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