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    <titulo>– Chapinería. Régimen económico. Ordenanza servicios enseñanza</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CHAPINERÍA
RÉGIMEN ECONÓMICO
78Chapinería. Régimen económico. Ordenanza servicios enseñanza
El Pleno del Ayuntamiento de Chapinería, en sesión extraordinaria celebrada el 27 de junio de 2024, acordó la aprobación provisional de la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales reguladoras de tasas:
.	Ordenanza número 21: tasa por prestación del servicios de enseñanza en establecimientos docentes de las entidades locales.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Chapinería, a 4 de julio de 2024..La alcaldesa, Lucía Moya Domínguez.
(03/10.963/24)</texto>
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