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    <titulo>– Torrelaguna. Organización y funcionamiento. Reglamento General Mesa Negociación</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORRELAGUNA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
75Torrelaguna. Organización y funcionamiento. Reglamento General Mesa Negociación
El Pleno del Ayuntamiento de Torrelaguna (Madrid), en sesión extraordinaria celebrada el 30 de abril de 2024, adoptó acuerdo de aprobación inicial del Reglamento General de la Mesa de Negociación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y en su caso se formulen las alegaciones que se estimen conveniente.
Si transcurrido dicho plazo no se hubieran presentado alegaciones, el Reglamento se considerará definitivamente aprobado, entrando en vigor a partir del día siguiente a la publicación del texto íntegro BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Torrelaguna, a 28 de mayo de 2024..El alcalde, Víctor José Gutiérrez Sánchez.
(03/8.423/24)</texto>
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