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    <titulo>– Garganta de los Montes. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GARGANTA DE LOS MONTES
RÉGIMEN ECONÓMICO
65Garganta de los Montes. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta entidad expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas, el Pleno del Ayuntamiento de Garganta de los Montes, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de mayo de 2024, acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la sede electrónica de esta entidad (dirección: https://www.gargantadelosmontes.org ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Garganta de los Montes, a 16 de mayo de 2024..El alcalde, Rafael Pastor Martín.
(03/7.582/24)</texto>
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