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    <titulo>– Ambite. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE AMBITE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
50Ambite. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Por resolución de Alcaldía número 2024-0646, de fecha 13 de mayo de 2024, el alcalde D. Apolonio Alcaide Bravo, delegaba en la concejal Dña. Yolanda Ángel Vargas, lo que se publica a los efectos del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
“Resolución de Alcaldía
D. Apolonio Alcaide Bravo, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Ambite, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de las Bases de Régimen Local, y 43, 44, y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por RD 2568/86, de 28 de noviembre, por la presente resuelvo:
Primero..Dejar sin efecto el apartado primero de la resolución de Alcaldía, número 2023-0824, de fecha 4 de julio de 2023, en el que se designó a D. Francisco Javier Carmona, primer teniente de alcalde y concejal-delegado de las competencias que allí se citan.
Segundo..Designar a doña Yolanda Ángel Vargas, primera teniente de alcaldesa y concejal responsable de Servicios Sociales, Educación, Mujer e Igualdad, Actividades culturares y Teatro.
Tercero..Notificar la presente resolución a los interesados, haciéndoles expresa advertencia de que los nombramientos se entenderán aceptados tácitamente si en el término de 3 días hábiles, contados desde el siguiente a su recepción, no se hiciere manifestación expresa en contrario ante esta Alcaldía.
Cuarto..Publicar en la página web del Ayuntamiento de Ambite la presente resolución. Proceder a la exposición pública de la presente resolución, mediante su anuncio al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos municipal.
Quinto..Dar cuenta de esta resolución al Pleno municipal en la primera sesión que celebre, a los únicos efectos de su conocimiento.
Sexto..Fijar la efectividad del presente decreto a partir del día siguiente a su suscripción.
Lo manda y firma el Sr. alcalde-presidente, D. Apolonio Alcaide Bravo, en Ambite”.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Ambite, a 14 de mayo de 2024..El alcalde-presidente, Apolonio Alcaide Bravo.
(03/7.549/24)</texto>
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