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    <titulo>– Aranjuez. Organización y funcionamiento. Ordenanza zona bajas emisiones</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
48Aranjuez. Organización y funcionamiento. Ordenanza zona bajas emisiones
El Pleno del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de abril de 2024, aprobó inicialmente la “Ordenanza reguladora de la Zona de Bajas Emisiones” y el “Plan de Movilidad Urbana Sostenible”.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y formular reclamaciones y sugerencias.
En el supuesto de que no se presente reclamación ni sugerencia alguna, no será necesaria la adopción de nuevo acuerdo Plenario y la citada ordenanza y el citado plan se considerarán definitivamente aprobados.
Aranjuez, a 10 de mayo de 2024..El concejal-delegado de Transporte y Movilidad, David Esteban Fernández Domínguez.
(03/7.281/24)</texto>
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