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    <titulo>– Moraleja de Enmedio. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DE ENMEDIO
RÉGIMEN ECONÓMICO
77Moraleja de Enmedio. Régimen económico. Modificación presupuestaria
Por acuerdo del Pleno de 21 de marzo de 2024, PLN/2024/3, del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, se aprobó inicialmente el expediente de modificación 2/2024, expediente 315/2024, del presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de distintas áreas de gasto (Área de Gasto 9 a 1).
Aprobado definitivamente el expediente, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo a los efectos del artículo 169.1 por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
La modificación presupuestaria de transferencia de crédito, de forma resumida afecta a los siguientes capítulos:

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses, a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Moraleja de Enmedio, a 9 de mayo de 2024..La alcaldesa, Arantxa Alonso Godino.
(03/7.184/24)</texto>
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