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    <titulo>– Pezuela de las Torres. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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AYUNTAMIENTO DE PEZUELA DE LAS TORRES
RÉGIMEN ECONÓMICO
59Pezuela de las Torres. Régimen económico. Padrones fiscales
Resoluciones de Alcaldía número 112/2024; 113/2024; de 20 de marzo de 2024 y 123 /2024 de fecha 22 de marzo de 2024; 154/2024 y 155/2024 de 9 de abril de 2024 de la Entidad de Pezuela de las Torres por el que se aprueban el padrón fiscal y los recibos integrantes tasa de basuras, vados, IVTM, IBI urbana y rústica correspondiente al período 2024.
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía los padrones fiscales de tasa de basuras, vado, IVTM, IBI urbana y rústica y los recibos correspondientes integrantes de estos, a efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
Dichos padrones y los recibos integrantes de este se expondrán al público por un plazo de veinte días desde su publicación en las dependencias de la Corporación y en sede electrónica:
https://pezueladelastorres.sedelectronica.es/transparency/a8dd6cb7-94aa-4ab3-bfbe-505c5c8b2a2d/
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o los recibos contenidos en estos se podrá interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública.
Pezuela de las Torres, a 10 de abril de 2024..El alcalde, José Pío Carmena Servert.
(01/5.490/24)</texto>
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