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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
46Alpedrete. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Por decreto de Alcaldía número 479/2024, de 21 de marzo de 2024, se ha resuelto lo siguiente:
«DECRETO 479/2024
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL) recoge en su artículo 21.1 las atribuciones del alcalde, órgano necesario en todos los Ayuntamientos. Estas atribuciones, a excepción de las concretas que se citan en el apartado 3 de dicho artículo, se pueden delegar en favor de los concejales y Junta de Gobierno Local conforme a las normas recogidas en la propia LBRL y en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de los Entes Locales, aprobado por RD 2568/1986, de 28 de noviembre.
En base a lo anterior, y en aras de dotar de una mayor eficacia y celeridad al funcionamiento de esta Administración, por decretos de Alcaldía números 954/2023 y 1044/2023 se delegaron varias de estas atribuciones en favor de los concejales que componen el equipo de gobierno y de la Junta de Gobierno Local.
No obstante, existe una delegación, la del otorgamiento de las autorizaciones para entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, que a día de hoy le corresponde a la concejala de Seguridad, Transporte, Movilidad y Protección Civil, Dña. M.a Rosario Peñalver Benito dentro la delegación genérica “otorgamiento de las autorizaciones por utilización privativa o aprovechamiento especial de las vías públicas”, que se considera necesario modificar.
En efecto, por los anteriores supuestos de utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública este Ayuntamiento exige tasa, a tenor de lo dispuesto en el artículo 20.3.h) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), aprobado por RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Por este motivo, se considera más oportuno, por razones de eficacia y eficiencia, delegar dicha competencia en el concejal de Hacienda y Contratación, D. José Francisco Iglesias Martín, para que en un mismo acto se pueda otorgar la autorización y liquidar la correspondiente tasa.
Es por ello que, en uso de las facultades que le confiere el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL) y disposiciones concordantes,
RESUELVO
Primero..Delegar en favor del concejal de Hacienda y Contratación, D. José Francisco Iglesias Martín, la siguiente atribución:
.	El otorgamiento de las autorizaciones para entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
Esta delegación tiene carácter genérico, aunque acotado a esta materia determinada, e incluye la resolución de los recursos de reposición que, en su caso, se interpongan.
Segundo..Modificar la delegación de competencias efectuada a favor de la concejala Dña. M.a Rosario Peñalver Benito, en el sentido de que la atribución “otorgamiento de las autorizaciones por utilización privativa o aprovechamiento especial de las vías públicas” no incluye el otorgamiento de las autorizaciones para entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
Tercero..Esta delegación producirá efectos a partir del día siguiente al del dictado de este decreto, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y la aceptación expresa del concejal-delegado, que se entenderán conferida salvo renuncia escrita.
Cuarto..El concejal-delegado tiene la obligación de informar a esta Alcaldía, a posteriori, de la gestión y disposiciones que dicte, y, previamente, de las decisiones de transcendencia, en los términos previstos en el artículo 115 del ROF.
Quinto..Notificar la presente resolución a los concejales Dña. M.a Rosario Peñalver Benito y D. José Francisco Iglesias Martín, así como dar cuenta de la misma al Pleno en la primera sesión que celebre y publicar su contenido en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».
En Alpedrete, a 21 de marzo de 2024..El alcalde, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.
(03/4.518/24)</texto>
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