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    <titulo>– Colmenar Viejo. Organización y funcionamiento. Estatutos Consejo Municipal Cultura</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
46Colmenar Viejo. Organización y funcionamiento. Estatutos Consejo Municipal Cultura
Aprobada inicialmente la modificación de estatutos del Consejo Municipal de Cultura, Juventud y Festejos, por acuerdo del Pleno, de 30 de noviembre de 2023, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación inicial.
Colmenar Viejo, a 14 de marzo de 2024..El alcalde-presidente, Carlos Blázquez Rodríguez.
(03/4.128/24)</texto>
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