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    <titulo>– Fresnedillas de la Oliva. Régimen económico. Padrón fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FRESNEDILLAS DE LA OLIVA
RÉGIMEN ECONÓMICO
45Fresnedillas de la Oliva. Régimen económico. Padrón fiscal
Aprobados por Resolución de Alcaldía, de fecha 6 de marzo de 2024, el padrón y lista cobratoria del impuesto sobre bienes inmuebles urbana.
Referidos todos ellos al ejercicio de 2024, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://fresnedillasdelaoliva.sedelectronica.es 
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del término de exposición pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Fresnedillas de la Oliva, a 6 de marzo de 2024..El alcalde-presidente, José Damián de la Peña Alonso.
(01/3.952/24)</texto>
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