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    <titulo>– Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias. Organización y funcionamiento. Ordenanza recarga vehículos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE LOZOYUELA-NAVAS-SIETEIGLESIAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
48Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias. Organización y funcionamiento. Ordenanza recarga vehículos
Aprobada inicialmente la ordenanza municipal reguladora de los puntos municipales de recarga de vehículos eléctricos, por acuerdo del Pleno, de 28 de febrero de 2024, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://lozoyuela.sedelectronica.es ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, a 29 de febrero de 2024..El alcalde-presidente, Francisco Javier Aunión Robles.
(03/3.383/24)</texto>
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