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    <titulo>– Alcobendas. Ofertas de empleo. Proceso selectivo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>ALCOBENDAS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
OFERTAS DE EMPLEO
29Alcobendas. Ofertas de empleo. Proceso selectivo
Se publica la siguiente lista definitiva de personas aspirantes excluidas y composición del tribunal de selección de la convocatoria del proceso extraordinario de estabilización, por el procedimiento de concurso, aprobada por el concejal-delegado de Urbanismo, Vivienda y Gestión de Talento, según decreto 1009/2024, de 25 de enero, cuyo texto íntegro se encuentra publicado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Alcobendas y en la Sede Electrónica municipal https://www.alcobendas.org/es/ayuntamiento/empleo-publico:
.	Cinco (5) plazas de técnico/a de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica/Técnicos Superiores (funcionario de carrera, concurso, proceso extraordinario de estabilización), y una (1) plaza de técnico/a de Administración Especial (personal laboral fijo, concurso, proceso extraordinario de estabilización) pertenecientes a las Ofertas de Empleo Público 2019 y 2022 de este Ayuntamiento. Decreto 1009/2024, de 25 de enero. Ref. EST 2022-030.

Composición del tribunal de selección
Presidente:
.	Titular: Celia Catalina Montero.
.	Suplente 1: Concepción Gosálvez Gutiérrez.
.	Suplente 2: Francisco José Fulgueiras Ortiz.
Vocales:
.	1.er vocal:
	Titular: María Isabel Sánchez Castro.
	Suplente: Mercedes Angelina Poza.
.	2.o vocal:
	Titular: Miguel Ángel Oquiñena.
	Suplente: Elisa Bargueño Pérez.
.	3.er vocal:
	Titular: María Pilar Pérez González.
	Suplente: María Elena Pérez Martín.
Secretario:
.	Titular: Federico Gallardo Ortiz.
.	Suplente: Angelina Peñas Esteban.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPCAP), y 8, 10 y 46 y demás concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra dicha resolución, podrán interponerse los siguientes recursos:
.	Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
.	Contra la desestimación presunta del recurso de reposición, y en el plazo de seis meses a partir del día siguiente al cumplimiento del plazo de un mes que tiene el Ayuntamiento para la resolución y notificación del referido recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
Podrá, asimismo, interponer cualquier otro recurso que estime pertinente y que convenga a sus intereses, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión a que se refieren los artículos 125 y 126 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Alcobendas, a 29 de enero de 2024..La alcaldesa presidenta, Rocío García Alcántara.
(02/1.523/24)</texto>
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