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    <titulo>– Alcobendas. Ofertas de empleo. Proceso selectivo</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
OFERTAS DE EMPLEO
69Alcobendas. Ofertas de empleo. Proceso selectivo
Se publica la siguiente lista definitiva de personas aspirantes excluidas y composición del Tribunal de Selección de la convocatoria del Proceso Extraordinario de Estabilización por el procedimiento de concurso, aprobada por el concejal-delegado de Urbanismo, Vivienda y Gestión de Talento, según decreto número 17965/2023, de 14 de diciembre, rectificado mediante decreto número 18146/2023 de 18 de diciembre, cuyo texto íntegro de ambos se encuentra publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alcobendas y en la sede electrónica municipal https://www.alcobendas.org/es/ayuntamiento/empleo-publico :
.	Una (1) plaza de técnico/a de grado medio, escala de Administración Especial, subescala/clase Servicios Especiales/Cometidos Especiales (Funcionario de Carrera, Concurso, Proceso Extraordinario de Estabilización) y una (1) plaza de técnico/a de grado medio (Personal Laboral Fijo, Concurso, Proceso Extraordinario de Estabilización), pertenecientes a la Oferta de Empleo Público 2021 de este Ayuntamiento. Decreto número 17965/2023, de 14 de diciembre, rectificado mediante decreto número 18146/2023 de 18 de diciembre. Ref. EST 2022-045.

Composición del Tribunal de Selección
Presidente:
.	Titular: Celia Catalina Montero.
.	Suplente 1: María Elena Hidalgo García.
.	Suplente 2: Miguel Pérez García.
Vocales:
.	1.er vocal: Titular: Clara Porras García.
.	Suplente: Juan Carlos de la Mata López.
.	2.o vocal: Titular: María Isabel Sánchez Castro.
.	Suplente: Francisco José Fulgueiras Ortiz.
.	3.er vocal: Titular: Elisa Bargueño Pérez.
.	Suplente: Mercedes Angelina Poza.
Secretario:
.	Titular: Angelina Peñas Esteban.
.	Suplente: Federico Gallardo Ortiz.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPCAP), y 8, 10 y 46 y demás concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra dicha resolución, podrán interponerse los siguientes recursos:
.	Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
.	Contra la desestimación presunta del recurso de reposición, y en el plazo de seis meses a partir del día siguiente al cumplimiento del plazo de un mes que tiene el Ayuntamiento para la resolución y notificación del referido recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
Podrá, asimismo, interponer cualquier otro recurso que estime pertinente y que convenga a sus intereses, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión a que se refieren los artículos 125 y 126 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Alcobendas, a 11 de enero de 2024..La alcaldesa-presidenta, Rocío García Alcántara.
(02/550/24)</texto>
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